1. ¿Qué es un crédito sobre excedentes?

Esta línea de crédito es un adelanto de los excedentes anuales para solventar necesidades o emergencias personales de los asociados.

2. ¿Por qué cambió la forma de solicitar el Crédito sobre Excedentes?

 El cambio responde a una recomendación directa de las áreas de Auditoría y de Riesgos. El objetivo es alinear el producto con las mejores prácticas de control, garantizando la salud financiera y la sostenibilidad de los fondos para beneficio de todos.

3. Si necesito el crédito en un mes diferente a junio, septiembre o diciembre, ¿lo puedo solicitar?

No, con el fin de cumplir con la planificación y la nueva normativa de riesgo, las solicitudes se procesarán única y exclusivamente durante los meses de junio, septiembre y diciembre. Le invitamos a planificar sus metas y gastos con base en este nuevo calendario.

4. ¿Debo firmar un pagaré cada vez que solicite el crédito en esos tres meses?

No, no es necesario. Para su comodidad, el contrato con firma de pagaré se llena y se firma una única vez al año. Si usted lo firma en junio, ese mismo documento respaldará las solicitudes que realice en septiembre o diciembre de este mismo año.

5. ¿Cuánto es el monto máximo que puedo pedir de mis excedentes?

El límite permitido para esta línea de crédito se ha establecido en un máximo del 70%  del monto disponible que tenga acumulado al momento de la solicitud.

6. ¿La tasa de interés aumentó con este cambio?

No, la tasa de interés se mantiene en el 16%. La única particularidad es que se calcula de forma proporcional al periodo del año en el que usted decida activar su crédito.

El cobro se realiza por adelantado al momento de la formalización de cada crédito individual.  De esa manera en febrero de cada año, se rebajan todos los saldos de esos créditos individuales hechos, del total de excedentes correspondientes.

7. ¿Puedo utilizar ese dinero disponible para refundir o cancelar otras deudas? 

8. ¿Qué sucede si salgo de la empresa o renuncio a la asociación?

El crédito solicitado se rebajará de los excedentes generados en el mes de febrero del año siguiente.

9. ¿Puedo cancelar el crédito sobre excedentes anticipadamente?

No, este se rebaja automáticamente de los excedentes generados al final del período.

10. ¿Cuál es la fecha máxima para su cancelación?

La fecha máxima es cuando se lleva a cabo la Asamblea General de Asociados (febrero de cada año) en donde se aprueban los excedentes y su repartición.


Envios por Correos de Costa Rica:

El servicio es gratuito para los asociados y puede efectuar el trámite con las distintas sucursales de correos de Costa Rica:

Debe indicar obligatoriamente los siguientes datos al entregar el documento:

  • Debe indicar que realizará el envío de un documento (no de un paquete)
  • Que el documento va dirigido a Asoamazon cédula jurídica 3-002597421
  • Para entregar al Edificio Asoamazon: Calle 49, Av.12A, San José, Montes de Oca, San Pedro, Los Yoses, de la Cámara de Industrias de CR 150 metros oeste y 75 metros norte, a mano izquierda portones negros, diagonal a restaurante Le Chandelier.

También puedes entregar la documentación o tu pagaré firmado en nuestra oficina ubicada en Los Yoses. Nuestro horario de atención es de lunes a viernes, de 8:00 a. m. a 5:00 p. m. Fuera de este horario y durante los fines de semana, contamos con un buzón habilitado para que dejes tus documentos.

Contacto Servicio al Asociado

En el caso de contar con consultas adicionales nos puedes contactar por nuestros canales de atención al asociado:

Horario de atención: lunes a viernes de 6am a 10pm, fines de semana: 8am a 5pm

Correo electrónico: [email protected]

Central telefónica: 4002-1455

WhatsApp Servicio al Asociado8788 3242